En septiembre recién pasado, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley que suprime o modifica la intervención de notarios públicos en ciertos trámites, iniciativa presentada por el Ejecutivo en 2020 con el fin de modernizar el sistema notarial y registral. La norma responde a las observaciones hechas por esta comisión para que la “desnotarización” no se efectúe por decreto como señala el proyecto que modifica el sistema registral y notarial, sino que sea a través de una Ley.
Para Marcelo Mora, CEO de IDOK es una buena noticia para las personas, ya que “el nuevo proyecto disminuye la burocratización en distintos trámites como los permisos de edificación o alteración de viviendas económicas y los documentos probatorios de requisitos de ingreso a la Administración del Estado, además de otros vinculados a concesiones de gas, ordenanzas de aduanas, ley de copropiedad inmobiliaria y ley de sociedades anónimas deportivas profesionales”. La desnotarización reducirá los trámites que deban ser afectados ante ojos de notario, con especial énfasis en aquellos trámites más comunes.
Por consiguiente, los principales beneficios son: mayor y fácil acceso para los trámites que pueda ser realizado a través de los fedatarios; menos trámites en general, dado que en algunos casos se elimina la exigencia legal de la intervención del notario (algunos ejemplos serían las declaraciones juradas, hechos propios, entre otros); y la eliminación de ciertos requisitos, ya que el proyecto facultará al servicio de Registro Civil e Identificación que certifique hechos que constan o se desprendan de las inscripciones que tiene en sus registros (como el estado civil, sobrevivencia, relaciones de parentesco).
La reducción de trámites efectuados ante notario no tendrá costos para los usuarios del sistema ni tampoco para el Registro Civil en el caso de los documentos y certificaciones que éste tenga su poder eximidos de su presentación. “Los costos de esta medida serán mínimos. Si bien los notarios podrían estar reticentes por la menor función que tendrán y la pérdida de ciertos ingresos, se espera que la modernización disminuya los costos operacionales de forma considerable, permitiéndoles seguir siendo rentables y sostenibles en el tiempo”, dice Mora.
“Este es un nuevo avance pero no olvidemos que varios de los trámites que necesitan notario ya se pueden realizar con Firma Electrónica Avanzada, que es certificada por un prestador acreditado y permite que cualquier documento e instrumento -sea privado o público- pueda ser firmado digitalmente. La firma avanzada otorga el mismo valor legal a los documentos electrónicos que el que tiene todo documento firmado en papel, por lo que tiene la misma legitimidad y validez que los demás documentos de identificación”, explica Mora.
Según agrega el ejecutivo de IDOK – empresa dedicada a optimizar los procesos de gestión, identificación digital y firma electrónica de personas, empresas y organizaciones-, “el usuario firma y los documentos van a llegar a los respectivos notarios para ser autorizados, por lo que no es necesario ir presencialmente a la notaría”.
10 Beneficios de la Firma Electrónica Avanzada: